Justicia ordena a una madre a pagar la cuota alimentaria de su hija

Justicia ordena a una madre a pagar la cuota alimentaria de su hija
Tamaño del texto

Un fallo del Juzgado de Familia de Rosario determinó que una madre deberá contribuir económicamente con la manutención de su hija, quien vive con su padre. La cuota alimentaria provisoria se fijó en un 30% de los ingresos que la mujer percibe como propietaria de dos negocios gastronómicos.

El caso fue iniciado por el padre de la menor con el patrocinio del abogado Roberto Ponzo. Según relató el hombre, fruto de su matrimonio con la demandada nacieron dos hijos. Tras separarse en septiembre de 2022, ambos acordaron verbalmente cómo afrontar los gastos de los niños. Sin embargo, con el tiempo, la madre modificó el régimen de convivencia, estableciendo que la hija viviera con el padre, quien obtuvo la custodia unilateral de manera provisoria.

El progenitor argumentó que, desde entonces, la madre no ha brindado apoyo económico para la crianza de sus hijos ni ha cumplido con sus responsabilidades parentales. Además, expuso que la menor debe someterse a un tratamiento de ortodoncia correctivo de dos años y medio de duración, sumado a otros gastos extraordinarios como medicamentos, traslados, indumentaria y el viaje de egresados.

El hombre también señaló que su expareja, además de ser dueña de dos comercios gastronómicos, recibe ingresos por alquileres. Por este motivo, solicitó que se le fijara a la madre una cuota alimentaria equivalente al 35% de sus ingresos.


Pese a haber sido notificada, la mujer no compareció ante la Justicia. Finalmente, la jueza de Familia, Sabina Sansarricq, resolvió que, conforme a lo recomendado por la Defensoría General, correspondía establecer una cuota alimentaria provisoria en favor de la menor, la cual será del 30% de los ingresos de la madre, provenientes de su actividad comercial.

El pago deberá efectuarse de manera mensual, entre los días 1 y 10 de cada mes, en una cuenta bancaria habilitada específicamente para esta causa en el Banco Municipal de Rosario.


Reflexión

Este fallo resalta la importancia de la responsabilidad parental más allá de los roles tradicionales de género. La manutención de los hijos es un deber compartido, independientemente de con quién convivan. Brindar apoyo económico y afectivo es fundamental para su bienestar y desarrollo. La equidad en estas decisiones judiciales es un paso más hacia una justicia que protege los derechos de los niños y promueve la corresponsabilidad.

Fuente: https://www.versionrosario.com.ar/

DÉJENOS SU COMENTARIO




Otras noticias

logo Abogados Rosario

Suscríbase a nuestro newsletter y
reciba las últimas novedades de
abogadosrosario.com

jurisprudencia doctrina

Registrados ante el Censo Nacional de Archivos, Registros, Bases o Bancos de Datos Privados disposición 1/2004 de la Dirección
Nacional de Protección de Datos Personales, Ministerio de Justicia de la Nación.

Productora Visual - Diseño y desarrollo Web - Ushuaia|TDF - Rosario|Santa Fe