Ratifican otra condena contra Despegar.com

Ratifican otra condena contra Despegar.com
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La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, Sala Segunda, ha confirmado en parte una condena contra Despegar SA, tras la cancelación de un vuelo.

Una mujer, representada por la abogada Gabriela Dionisio, demandó a Despegar por los daños y perjuicios sufridos debido al incumplimiento de contrato relacionado con la reprogramación del regreso de un vuelo de ida y vuelta entre Buenos Aires y Madrid, adquirido a través de la plataforma Despegar SA para volar con Air France.

Inicialmente se le ofreció una reprogramación, que luego fue cancelada sin que la afectada pudiera encontrar solución mediante los canales habilitados. La pasajera recibió un correo electrónico habilitando dicha reprogramación, pero no se mencionó en el mensaje un plazo de caducidad.

Ante la falta de respuesta efectiva, la mujer se vio obligada a comprar un nuevo pasaje para que su hijo pudiera regresar al país.

En su defensa, Despegar argumentó que el caso debía ser tratado bajo la jurisdicción del derecho aeronáutico, solicitando la remisión al fuero federal, y no bajo la Ley de Defensa del Consumidor. Además, sostuvo que la actora no completó los pasos necesarios a través del sistema "Mis Viajes" y que no respondió a un correo donde se ofrecía una alternativa para reprogramar el vuelo, con un plazo de tres días para hacerlo.

Por su parte, Air France declaró que la agencia Despegar solo se comunicó una vez para consultar posibles fechas de reprogramación. La aerolínea ofreció una reprogramación sin costo para la misma ruta y cabina, aplicable dentro de los 30 días posteriores a la cancelación.

En primera instancia, Despegar fue condenada a pagar indemnización por daños materiales y morales, más intereses. No obstante, la Cámara redujo el monto por daños materiales al 50%.

Los jueces Oscar Puccinelli y Gerardo Muñoz afirmaron que el vínculo contractual entre las partes se encuadra en la Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24.240), confirmando así la naturaleza del contrato de consumo. Además, señalaron que hubo una falta de cumplimiento del deber de información por parte de Despegar, lo que impidió que la pasajera pudiera gestionar correctamente el cambio de su vuelo.

Los magistrados también destacaron la deficiente política de comunicación por parte de la agencia, que se evidenció en la dificultad para contactar a la empresa telefónicamente. Este incumplimiento, sumado a la falta de diligencia exigida por la naturaleza de la obligación, refuerza la responsabilidad de Despegar en el caso, según lo establecido en el artículo 1724 del Código Civil y Comercial.

Reflexión final:
Este caso subraya la importancia de que las plataformas de venta de pasajes cumplan rigurosamente con sus obligaciones de información y atención al cliente. Las agencias de viajes tienen un rol clave en la protección de los derechos de los consumidores, y cualquier incumplimiento en la gestión de los servicios contratados puede derivar en sanciones, como ocurrió con Despegar. Los abogados, en este tipo de litigios, juegan un papel fundamental para garantizar que las empresas respondan adecuadamente y se respeten las leyes vigentes. La intervención legal sigue siendo imprescindible para proteger a los consumidores en situaciones donde las grandes plataformas no actúan con la debida responsabilidad.

Por: Alberto Furfari

Fuente: https://www.versionrosario.com.ar/

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