El Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) renovó y aumentó los subsidios económicos para gastos de vivienda (alquiler y servicios) y la asistencia domiciliaria de seis horas diarias de lunes a viernes que una jubilada había solicitado a través de un recurso de amparo, después de que dichos subsidios le fueran suspendidos el 31 de enero pasado.
El organismo tomó esta decisión tras recibir el dictamen de la fiscal subrogante de la Fiscalía de la Seguridad Social Nº 1, Mariana Grinberg, quien había solicitado una medida cautelar para garantizar los derechos solicitados por la actora.
Así, el PAMI cumplió con la solicitud de la jubilada el 15 de agosto, antes de que el Juzgado Federal de la Seguridad Social N° 8, que subroga Silvia Saino, se pronunciara sobre la viabilidad de la demanda y el dictamen fiscal.
En su dictamen a favor de la medida cautelar, la fiscal Grinberg consideró las circunstancias socioeconómicas y los problemas de salud de la jubilada, concluyendo que se requería una intervención inmediata. Destacó que estaban en juego el derecho a la salud, la vida, los derechos de las personas con discapacidad, la dignidad de los adultos mayores y el acceso a la justicia, siendo estas garantías una “obligación ineludible”. La fiscal subrayó que la mujer había recibido estos subsidios de manera continua en los últimos años.
En su dictamen, la representante del Ministerio Público Fiscal (MPF) especificó que los adultos mayores tienen derecho a un trato digno y respetuoso, a recibir lo necesario para su atención integral, incluyendo acceso preferente a servicios médicos y orientación sobre salud, nutrición e higiene, entre otros aspectos de su cuidado personal.
El caso
La jubilada, de 84 años y soltera, presentó un amparo contra el PAMI solicitando una medida cautelar para que se le reestablecieran los subsidios para vivienda y el acompañamiento que se le habían suspendido el 31 de enero.
En su solicitud, la actora mencionó que recibe el beneficio jubilatorio desde 2004, con un ingreso actual de 230.867,97 pesos, y que trabajó hasta los 76 años, cumplidos en 2016. Explicó que empezó a recibir el subsidio para gastos de vivienda (alquiler y servicios) solo a partir de esa edad, con actualizaciones anuales.
Según la presentación, la jubilada fue incluida hace dos años en el Programa de Atención a la Dependencia y Fragilidad de PAMI debido a su deterioro en la salud. Indicó que, debido a su enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC) y discapacidad visual, cobraba un importe mensual para contar con un acompañante según las indicaciones médicas.
Narró que desde hace 63 años alquila un departamento de tres ambientes sin expensas en La Paternal, por 90.000 pesos mensuales, en un lugar adaptado a su discapacidad, lo que le permite moverse con autonomía.
La actora también explicó que los subsidios se renovaban anualmente, pero que una disposición del PAMI del 28 de abril de 2023 estableció una nueva renovación y aumento anual que debía estar vigente desde el 1° de febrero de 2023 hasta el 31 de enero pasado, cuando dejó de recibirlos.
Añadió que el 2 de octubre, su médica de cabecera de PAMI prescribió atención domiciliaria de seis horas diarias de lunes a viernes y que, al comunicarse con el organismo para ampliar el subsidio, no obtuvo respuesta.
Dictamen
La fiscal Grinberg consideró procedente abrir el recurso de amparo y conceder la medida cautelar solicitada. Evaluó la situación socioeconómica de la jubilada con base en las pruebas documentales presentadas, “para proteger el derecho a la salud, a la vida, a la dignidad en la vejez y el acceso a la justicia, evitando demoras innecesarias que pudieran vulnerar sus derechos”.
La fiscal enfatizó los derechos de las personas con discapacidad y la aplicación de las Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia para quienes enfrentan vulnerabilidad. Añadió que, según esas normas, este grupo incluye a quienes, debido a edad, género, estado físico o mental, o circunstancias sociales, económicas, étnicas y culturales, enfrentan dificultades especiales para ejercer plenamente sus derechos ante el sistema judicial.
Además, destacó la Convención Interamericana sobre Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, aprobada por la ley 27.360 y con jerarquía constitucional según la ley 27.700. Subrayó la importancia de asegurar el "derecho a una vejez digna", que incluye el acceso a un desarrollo integral en todas las áreas de la vida social, como salud, vivienda y educación, buscando que los adultos mayores vivan con calidad, sin violencia ni discriminación, con acceso a alimentos y servicios.
Descargar fallo aqui Fuente: https://www.fiscales.gob.ar/