La Justicia Federal dicta prisión preventiva por mensajes de odio en redes sociales contra la comunidad judía

La Justicia Federal dicta prisión preventiva por mensajes de odio en redes sociales contra la comunidad judía
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En la causa "D., C. A. s/procesamiento", la Cámara Criminal y Correccional Federal habilitó la feria judicial para ordenar el procesamiento con prisión preventiva de un individuo que publicó en Facebook mensajes de odio dirigidos a la comunidad judía.

La denuncia fue presentada por el jefe de Seguridad de la embajada de Israel tras detectar que, previo al evento cultural "Buenos Aires celebra Israel", el acusado escribió en Facebook: "Che no sea cosa que lo que pasó en Túnez pase en otros lugares del mundo, yo no es que quiera dar ideas, acaban de asesinar niños y mujeres en Gaza. A lo mejor deberían suspender".

Durante el allanamiento, también se encontraron imágenes que reflejaban su oposición al Estado de Israel, como personas pisoteando su bandera o quemándola, además de expresiones como: "Si Argentina organiza el Sub 20 debería hacerse al estilo Múnich"; "¿El número de ratas ajusticiadas asciende a tres en Tel Aviv?" y "Una rata se fue al infierno y 7 heridas por el fuego bendito que golpeó en su corazón".

Además, se hallaron 17 comprobantes de transferencias de dinero a ciudadanos palestinos, un formulario de solicitud para la nacionalidad palestina, un cuadro con la inscripción "Palestina Libre" en idioma árabe, un banderín y una bandera del Estado de Palestina con la inscripción "Intifada", dos cuadernos con anotaciones en idioma árabe y un libro titulado "Aprendo Árabe a través del Español", un celular, una tarjeta de memoria y un gabinete de PC.

Los jueces Leopoldo Bruglia y Roberto Boico consideraron que se trata de un hecho de odio racial que penaliza "a quienes por cualquier medio alentaren o incitaren a la persecución o el odio contra una persona o grupos de personas a causa de su raza, religión, nacionalidad o ideas políticas".

"Fue la profundización de la investigación la que permitió conocer que esa publicación formaba parte de otras que, de manera similar y con diferentes niveles de intolerancia, exponen el posicionamiento ideológico de D. frente al conflicto entre la comunidad israelí y la palestina. No solo expresó su apoyo a la lucha del último grupo, sino que también, de manera francamente hostil, cuestionó las acciones de Israel", afirmaron los camaristas.

Para los magistrados, "el tono de las afirmaciones de D., los momentos elegidos para hacerlas y el medio utilizado para transmitirlas (una red social abierta) ubican su comportamiento fuera del ejercicio del derecho constitucional que ampara la libertad de expresión. El concepto de 'ratas ajusticiadas' en referencia al asesinato de personas israelíes, seguido de imágenes de violencia sobre personas y diferentes símbolos de soberanía, y acompañado de afirmaciones de similar tenor conceptual, convierte su accionar en el mensaje prohibido por el artículo 3°, último párrafo de la ley 23.592, con el objetivo de desalentar conductas que promuevan e inciten al odio", concluyó el fallo.

Fuente: https://www.diariojudicial.com

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