La denuncia fue realizada por una mujer marplatense, quien declaró ante el Fiscal Carlos Covani, que argumentó que Farina la hizo falsificar un recibo para blanquear una cesió de acciones que su marido fallecido en realidad nunca le había transferido. Si bien con esta denuncia la mujer se complicó así misma, pues avaló la estrategia del recibo falsificado, avanzó en la presentación contra Farina porque el abogado terminó reclamando U$S500.000 de honorarios y logró inhibir a la mujer que ahora no puede disponer de sus propiedades.
La cuestión es que Farina, acorralado ante la chance de volver a ser imputado por un nuevo caso, hecho que puede derivar en su prisión efectiva, en la última semana le comunicó a Covani su decisión de "arreglar" con la víctima marplatense para levantar el reclamo en el fuero civil por honorarios y que a su vez la mujer retire la denuncia en la Fiscalía.
La causa de base
El juicio oral y público contra Farina, que luego derivó en un trámite abreviado y que terminó con el letrado en prisión condicional, se inició el año pasado con la declaración de Marcela Mónaco, la víctima central de la maniobra que ideó su expareja, el ya fallecido broker inmobiliario Aldo Vanzini. Fue ella quien presentó una denuncia penal cuando se vio acorralada ante una demanda de escrituración en el fuero civil y comercial, donde invocando un boleto de compra venta que resultó ser falso, el empresario gastronómico Gabriel Solís - con el patrocinio de Farina - le reclamaba la mitad de un loteo ubicado en Granadero Baigorria que estaba a punto de ser aprobado.
Fue el Fiscal Sebastián Narvaja quien pudo investigar el caso y verificó que el documento en cuestión había sido falsificado. En el medio de una audiencia el mencionado Gabriel Solís se quebró y señaló que había actuado bajo las órdenes del abogado Farina, quien a su vez había ejecutado el ardid por indicación de Vanzini, que quería perjudicar a su ex, que acababa de contraer matrimonio y a quien había tenido que cederle la mitad de la titularidad del loteo en el marco de la disolución de la sociedad de hecho que mantenía luego de un divorcio escandaloso.
Por el carril Civil y Comercial, los autores del ardid lograron que el juez Pedro Boasso del Juzgado de la 16° Nominación avanzara en medidas cautelares a través de las cuales los terrenos quedaban bajo el encuadre de "anotación litigiosa". La figura en cuestión derivó en un enorme perjuicio económico para la víctima que cuando irrumpió la acción judicial estaba comercializando los lotes que en ese momento conformaban el germen de un desarrollo inmobiliario en terrenos donde hasta 2011 había funcionado la planta transmisora de LT8, en la localidad al norte de Rosario.
La demanda hizo que los interesados en adquirir las parcelas huyeran de inmediato.
Fue en una de las audiencias del juicio oral que el abogado defensor de Farina, el penalista Walter Stramazzo, solició la palabra al comienzo de la jornada y exteriorizó la vía del procedimiento abreviado, para lo cual el acusado debió admitir los delitos para los que estaba siendo juzgado.
Así la jueza Chiabrera pidió que el trámite se encuadre en el artículo 339 del Código de Procedimiento Penal, hecho que derivó en que Narvaja presentará formalmente el pedido de juicio abreviado ante la Oficina de Gestión Judicial (OGJ) que definió la audiencia especial para canalizar el requerimiento y terminar así el juicio oral ya iniciado.
Narvaja había solicitado en el comienzo del proceso oral y público para Farina el pedido de pena a 7 años de prisión, accesorias legales y costas, más $90.000 de multa e inhabilitación para el ejercicio profesional por el término de 7 años por la imputación de los delitos de estafa procesal, falsificación de documento y extorsión.
La nueva denuncia
El nuevo caso que involucra a Farina ocurrió cuando el letrado le propuso a quien entonces era su cliente, completar un recibo en blanco que hallaron entre las pertenencias de un empresario hotelero que acababa de morir. El hombre en cuestión era la pareja de la mujer quien quería tomar posesión del 50% de las acciones de una sociedad a la que el empresario decía que pretendía legarle.
La sorpresiva muerte del hombre hizo que su viuda se encontrara con las acciones en su poder, pero cayo en la cuenta que eran acciones al portador. Fue allí que al encontrar el recibo en blanco, desde el buffet de Farina lo completaron como prueba de una cesión accionaria que nunca existió.
Lo que omitió Farina es que por imperio de la Ley 24.587 debían llamar a asamblea de accionistas para validar esa cesión accionaria, en este caso a través de la justicia bonaerense. Si bien convocaron a asamblea, la misma se terminó cayendo ante la negativa de los hijos del empresario fallecido a aceptar la maniobra que luego se supo estaba sustentada por un documento apócrifo.
Pero el tema no quedó allí. Farina le hizo juicio a su cliente reclamando honorarios pese a haber perdido el litigio. Invocó un supuesto contrato ajustando los costos del servicio. Le reclamó a la viuda U$S500.000 y logró que prosperara la inhibición.
Con Farina en libertad por el caso Vanzini, la viuda realizó la denuncia penal en su contra. Pese a quedar ella salpicada por ser autora intelectual de la falsificación del recibo (por consejo de Farina) la mujer lo denunció igualya que lo que quiere es arreglar de una vez, pagar menos de la cifra reclamada por Farina y que se levante la inhibición.
Como hay riesgo de que se ejecute la prisión efectiva, ahora es Farina el que aparece dispuesto a negociar con su víctima.-
Fuente: https://puntobiz.com.ar