Rosario 27/04/2016
Sr. Presidente del Directorio
de la Caja de Seguridad Social
de Abogados y Procuradores Provincia de Santa Fe
Dr. Elvio Francisco Rivero
S / D.-
De nuestra consideración
Araceli Díaz Afiliada Nº3576-6, Juan Carlos Martorana Afiliado Nº 9545-5, Gustavo Isaack Afiliado Nº8110-9 y Carlos Gustavo Ensinck Afiliado Nº18010-6; todos miembros de la Agrupación de Abogados “Transparencia Gremial”, se dirigen a Ud. con el objeto de solicitar información relativa al funcionamiento de la Institución, atento la imposibilidad de acceder a la misma por no haberse publicado en la página web www.capsantafe.org.ar, ni haberse circularizado, lo que dificulta el acceso a la misma.
El presente pedido se ubica cercano a un proceso electoral y es nuestro derecho y deber, como afiliados, acceder a la información Institucional, para en su caso, realizar propuestas serias y prudentes con un basamento documentado.
El objetivo fundacional de la Agrupación es trasparentar los actos de gobierno y gestión en las diversas Instituciones a la cual pertenecemos los colegiados, entendiendo que ese requisito debe ir acompañado de la publicidad de los actos para poder tener un cabal conocimiento del funcionamiento de las mismas.
No pudiendo acceder a través de la página web a la información que debiera ser pública es que venimos a solicitar a Ud. lo siguiente:
1. Memoria y balance 2015/2014, 2014/2013 y 2013/2012;
2. Informe de la Sindicatura de los últimos 3 años;
3. Actas de Directorio de los últimos 3 años;
4. Reglamento interno;
5. Calculo actuarial de los últimos 3 años.
Asimismo solicitamos que la requerida información se publique en la página de la Institución para el libre acceso de todos los afiliados.
Solicitamos, además, que nos informe:
§ Composición del Directorio desde el año 2012 a la fecha;
§ Nos informe, cuánto perciben o percibieron mensualmente (o como se haya percibido) como retribución, los miembros del Directorio desde el 2012 a la fecha, detallando:
· Directores Titulares;
· Directores Suplentes;
· Síndicos Titulares;
· Síndicos Suplentes;
· Síndico Designado por el Poder Ejecutivo
En todos los casos, solicitamos tenga a bien indicar: Si, al margen de las retribuciones, perciben o percibieron viáticos y su importe mensual o como se determine. Todo desde el año 2012 a la fecha.
· Nos informe, si los miembros suplentes del Directorio perciben retribuciones, por favor indique de que norma emana el fundamento jurídico para dicha retribución.
Ø Finalmente, nos informe cuáles fueron los proyectos de reforma de la Ley 10.727, en los últimos 3 años detallando su tratamiento.
Asimismo, deseamos recordar y sugerir respetuosamente a los integrantes del Directorio de la Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores, la necesidad de sus afiliados de poder acceder a la información de la Institución, en un todo de acuerdo a los principios constitucionales vigentes y sus concordantes, el artículo 13 inciso 1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el art. 19° de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.-
Finalmente, entendemos y recomendamos como imperioso la necesidad de publicación en todas las jurisdicciones, de un mínimo de información referida a sus estructuras, funcionamiento, composición del personal, servicios prestados, todo lo cual coadyuva a la transparencia de la gestión de los intereses que los mismos deben desarrollar.
Siendo la información requerida básica para su preparación y remisión, solicitamos que la misma nos sea puesta a disposición dentro de los próximos cinco días en la sede de la Institución en la ciudad de Rosario.
Sin otro particular, y en aguardo de vuestra respuesta favorable, le saludamos atentamente.-
Fuente: https://www.facebook.com/transparenciagremialrosario/posts/1764436253803557
Suscríbase a nuestro newsletter y
reciba las últimas novedades de
abogadosrosario.com
Se trata de una sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación del 23...
+Sentencia del 6 de Diciembre de 2016. Cámara Nacional electoral. Se trata del...
+Un muchacho ganó un auto en un sorteo, pero no se lo entregaron porque era...
+Camaristas Cordobeses concluyeron que la clínica no logró probar que el joven...
+Fallo CSJN Rau, Alejandro Oscar s/ causa n° 16.400 127/2014 (50-R) 19-04-2016...
+La Cámara revocó una sentencia que había rechazado una acción de daños...
+05 04 2016 T. M. C. y otro c/ Centro de Educación Médica e Investigaciones...
+"Lo universal empieza a ser articulado precisamente a través de los desafíos...
+Hacen lugar al incidente de revisión, en el marco del concurso preventivo de...
+Rechaza el recurso extraordinario interpuesto por un periodista y, en...
+Declaran la incompetencia de la Justicia del Trabajo para entender en un...
+Sin embargo, se entiende que si bien resulta viable ofrecer correos...
+Una médica fue condenada por comunicar en forma telefónica un diagnóstico...
+Obligación de las obras sociales y de las empresas de medicina prepaga de...
+Filiación Post-Mortem. Ordena al sucesorio indemnizar al actor por el daño...
+Decreto 440/2014 Emitida el 31 de marzo de 2014 Boletín Oficial, 1 de abril...
+Régimen general de fiscalización y tramitación de denuncias por infracción...
+Cuando se trata del contrato de trabajo a plazo indeterminado, la ley no ha...
+Prisión domiciliaria. Rechaza el pedido de prisión domiciliaria solicitada...
+Habeas data. Amparo. Rechaza el pedido de rectificación y posterior supresión...
+Interlocutoria Sala VI (1) Juzgado de Instrucción N°17 En la ciudad de...
+Legitimación de la actora - Naturaleza jurídica del derecho -Condiciones para...
+Confirma el rechazo de una demanda por daños y perjuicios iniciada por un ex...
+Confirma una sentencia que había hecho lugar a una demanda de divorcio por la...
+